Archivo de la categoria 'DGT'

jun 21 2010

Nuevo procedimiento sancionador

Publicado por Nolovendas en DGT

  • El boletín de denuncia entregado en mano por el Agente es la notificación que abre el plazo de 20 días para pagar la multa o presentar alegaciones
  • El pronto pago conlleva la reducción del 50% en la cuantía de la multa
  • Si el conductor denunciado no presenta alegaciones ni paga la
    Administración iniciará el procedimiento para el cobro por vía ejecutiva en el plazo de 30 días desde su notificación

Con la nueva ley se intenta evitar la impunidad de algunos conductores infractores y hacer el procedimiento sancionador más ágil y sencillo para el ciudadano, de modo que éste conozca en todo momento y cuanto antes la infracción cometida y pueda elegir entre las opciones que le ofrece la Administración: recurrir o pagar.

Una de las principales novedades de la Ley es la referida al procedimiento sancionador.
El conductor que cometa una infracción recibirá un boletín de denuncia en cuyo anverso aparecerán todos los datos del conductor y la infracción por la que ha sido denunciado, así como la cuantía y la pérdida de puntos, en caso de que dicha sanción lleve aparejada tal pérdida.

NUEVO BOLETÍN DE DENUNCIA (se adjunta copia)
Con el objetivo de que el conductor conozca en todo momento que es lo que tiene que hacer ante una denuncia, en el reverso del boletín se explican claramente las opciones a las que se puede acoger de modo que éste decida qué hacer con la denuncia, ya que en caso de inactividad por parte del conductor, la Ley fija que se dicte resolución sancionadora firme y se inicie su cobro por vía ejecutiva en el plazo de 30 días naturales desde la notificación de la misma.

Por lo que lo aconsejable ante la notificación de una denuncia es actuar, presentando alegaciones, en el caso de considerarla injusta o no adecuada, o pagarla.

El boletín de denuncia puede ser entregado en mano por el agente de la autoridad si se detiene al vehículo en el momento que ha cometido la infracción o bien puede recibirse por correo postal o correo electrónico (si el ciudadano ha facilitado a Tráfico su dirección electrónica) en el caso de que la infracción haya sido detectada por sistemas automáticos, como los radares fijos.

Si la denuncia se entrega en el acto la Ley fija, como novedad, que el boletín tenga la consideración de notificación a todos los efectos legales, es decir, que el conductor infractor no recibirá ninguna otra notificación por correo, momento a partir del cual, el denunciado podrá pagar o iniciar las alegaciones oportunas.

Una vez notificada la denuncia (en mano o por correo) el conductor tendrá que alegar si la considera injusta o no adecuada, o pagar.
Cobra especial relevancia la actualización del domicilio para los casos en que la denuncia se notifique por correo postal. Es muy importante conocer la existencia de un procedimiento sancionador para poder actuar en consecuencia.

En el caso de que el conductor decida pagar, éste dispone de 20 días naturales desde el día siguiente a la notificación de la infracción para hacer efectiva la sanción, obteniendo un 50% de reducción en el importe de la multa.

Como se explica en el boletín de denuncia, la sanción con la reducción se puede pagar a través de Internet en http://www.dgt.es/portal/es/oficina_virtual/multas/pago_multa?tit=Pago%20de%20multas%20en%20Internet ; en Oficinas de Correos, en cualquier sucursal del Banco Santander.

El pago de la sanción pone fin al procedimiento y en caso de que la infracción cometida lleve aparejada pérdida de puntos, la detracción de los mismos se realiza al día siguiente. De este modo, el conductor conoce en qué fecha exacta se le restan los puntos y cuándo los va a recuperar, otorgándole al ciudadano más seguridad, siendo él mismo quien controla dicho procedimiento.

En caso de disconformidad con la denuncia, el conductor, puede presentar alegaciones o peticiones de prueba ante el organismo que tramita su denuncia en el plazo de 20 días naturales y no podrá acogerse a la reducción del 50% del importe de la sanción. Además, en el caso de que la infracción suponga detracción de puntos, éstos se detraerán cuando la sanción sea firme, con la desventaja de que el conductor desconocerá la fecha exacta de la pérdida de los mismos.

Además, los conductores infractores que tengan cuatro o más sanciones graves o muy graves firmes sin pagar, no podrán realizar ningún trámite relacionado con su vehículo.

Una de las novedades más importante de la Ley es la referida a la ejecución de la sanción. Si el conductor no formula alegaciones ni paga, la Administración penaliza su inactividad y ejecutará la sanción en el plazo de 30 días naturales desde la notificación de la denuncia.

MÁS SENCILLO Y MÁS RÁPIDO CON UN SOLO “CLIC”
Con el objetivo de hacer más fácil y sencilla la relación de los ciudadanos con la Administración, la Dirección General de Tráfico, a través de su página web http://www.dgt.es/portal/es/oficina_virtual/
pone a disposición de los ciudadanos la Jefatura Virtual donde el interesado podrá realizar muchas de las gestiones que tienen que ver con trámites y multas. Así, con un solo clic el ciudadano puede identificar al conductor responsable de una infracción;
pagar una multa; darse de alta para recibir notificaciones a través del correo electrónico o del teléfono móvil, presentar escritos en un procedimiento sancionador o consultar su saldo de puntos, trámites que se irán ampliando progresivamente para hacer de la Administración un órgano más cercano y sencillo al ciudadano.

Voletin de denuncia

Voletin de denuncia


Reverso voletin de denuncia

Reverso voletin de denuncia

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may 26 2010

Nueva Ley de tráfico

Publicado por Nolovendas en DGT

NUEVA LEY DE TRÁFICO

Catálogo de infracciones

La nueva Ley de Tráfico, que entra en vigor a partir del próximo 25 de mayo, incluye nuevas sanciones como programar el navegador (resta puntos y se considera una infracción grave), estacionar en las plazas reservadas para discapacitados (quita puntos y es infracción grave), llevar la matrícula ilegible (no detrae puntos pero es infracción grave), permitir que una persona sin carné conduzca (no detrae puntos, pero es una infracción grave) y circular sin luces y elementos reflectantes en las bicicletas (no detrae puntos y es leve).

Infracciones que restan puntos:

1. Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida.
- Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l). 6 puntos

- Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0.15 hasta 0,30 mg/l). 4 puntos

2. Conducir con presencia en el organismo de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y cualquier otra sustancia de efectos análogos que afecte a la capacidad de conducir. 6 puntos

3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos. 6 puntos

4. Conducir de forma manifiestamente temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en competiciones o carreras no autorizadas. 6 puntos

5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos o instrumentos encaminados a eludir la vigilancia del tráfico. 6 puntos

6. El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. 6 puntos

7. La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad. 6 puntos

8. Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello. 4 puntos

9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación. 4 puntos

10. Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida. 4 puntos

11. Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida. 4 puntos

12. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas. 4 puntos

13. Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente. 3 puntos

14. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. 4 puntos

15. No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación. 4 puntos

16. No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede. 4 puntos

17. Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación. Conforme a los avances de la tecnología, se podrán precisar reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado. 3 puntos

18. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección. 3 puntos

19. Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce. 4 puntos

20. Conducir excediendo los límites de velocidad.

Nuevas sanciones de tráfico

Nuevas sanciones de tráfico

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ene 16 2010

Adquisiciones DGT

Publicado por Nolovendas en DGT

La Dirección General de Tráfico tiene contratado el suministro de 58 lectores de matrícula para la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.

Coste estimado IVA excluido: 900 000 EUR

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dic 29 2009

Multas, Guardia Civil y política

Publicado por Nolovendas en DGT

Estimado Rubalcaba, Sr. Director General de Tráfico les escribo a ustedes como jefes de los guardias civiles de Tráfico.No sé si ustedes recordarán, seguro que sí, que la Guardia Civil era un Cuerpo que en la época de la dictadura se le temía; un tricornio daba más miedo que el maestro, el dentista y dos abuelos de los de antes dando tortazos juntos, a algunos les daba pánico ver un guardia civil, cosas de la historia de este país.
Yo siempre por razones personales tuve una buena relación con la Benemérita y no precisamente porque me gusten sus uniformes verdes ni el viejo tricornio, ni las armas, es un afecto personal que he podido mantener con muchos miembros del Cuerpo militar.
¿Saben ustedes lo que costó que la mala imagen de la Guardia Civil de Franco cambiase tras mas de una década de democracia, donde los sacrificios de la Guardia Civil y la adaptación a los nuevos tiempos hicieron que el pueblo viera con simpatía y con agrado a los guardias civiles hasta entonces denostados?.

El cambio en los sentimientos hacia este Cuerpo del orden es posiblemente una de las mejores muestras de lo que supuso la llegada de la democracia, un cambio espectacular en las forma de hacer las cosas, un mejor trato al ciudadano y una permanente labor de servicio de los guardias hacia la población civil, con guardias mejor formados, más educados, con sintonía y sensibilidad de su buen hacer; y pagando hasta con sus vidas la entrega a fuerza del maldito y sufrido terrorismo aún no desaparecido. Así los guardias hasta los de tráfico fueron mirados con respeto y hasta con cariño me atrevería a decir, las gentes pasaron de tener miedo a sentirse seguros al ver un guardia civil.

Y llegamos al nuevo siglo, y con los nuevos tiempos la irresistible política del gobierno por recaudar vía sanción de la Guardia Civil de Tráfico, bajo la vergonzante y mentirosa idea de que es por nuestra seguridad, los guardias y sus radares no paran de multarnos como se matan moscas en verano.
Todos sabemos que en las autopistas y en miles de carreteras no es la velocidad la que mata, es el móvil, la falta de neumáticos, las malas carreteras, la climatología, los malos conductores, las malas o inexistentes señalizaciones, los despistes, el imprevisto son los que generan los accidentes; y mientras escondidos y agazapados como si de los malos de la película se trataran los guardias y sus radares allí están sanciona que sanciona en una imparable política recaudatoria insufrible, escandalosa y para la que no debe ni puede estar una guardia civil de Tráfico puesta al servicio recaudador de un gobierno, porque lo que están ustedes consiguiendo, señor ministro, director general de Tráfico y mandos de la Benemérita es que se vuelva a tener asco y miedo a los guardias, desprecio, a sabiendas que no es culpa de ellos, pero los ojos que ve el ciudadano son los de los guardias de verde sancionando, no ven a la Administración de turno ni al ministro correspondiente al servicio de los dineros que necesitan las arcas públicas por la nefasta gestión gubernamental de la crisis, y me parece lamentable a sabiendas lo que costó que la gente simpatizara de nuevo con un Cuerpo a su servicio para que ahora la ciudadanía vuelva hablar mal de ellos, de volver a llegar a desearles lo peor, ¡qué triste ilustres autoridades¡ y todo por su errónea y descarada política de recaudación en las carreteras españolas.

Además juegan con la ventaja de tener militarizado a este Cuerpo lo que les limita sindical y profesionalmente a sus servidores, con lo que la mala leche que sufre cada trabajador mal dirigido en su empresa no la puede manifestar hacia sus superiores, sólo la puede cargar hacia sus clientes en este caso los ciudadanos que dicho sea de paso somos los que les damos trabajo, toda una contradicción.

Deberían ustedes ser mejores políticos, no abusar de la ciudadanía insultándonos en la inteligencia cuando nos multan «por nuestra seguridad» y realizar una labor desde la DGT más educadora, más conciliadora, de sensibilización, y no de aquí te pillo aquí te mato, están ustedes matando el prestigio de la Guardia Civil a la que utilizan, y a la que se les está perdiendo toda simpatía por culpa de ustedes, sólo de ustedes.
Hagan algo por cambiarlo no utilicen al servidor del orden público de mero sancionador, de recaudador de dineros para las arcas públicas a base de multas «injustas» la mayoría, legales pero injustas con mayúsculas. Solo si les sirve mi comentario al menos de reflexión me doy por satisfecho; gracias: Por una DGT más eficaz y justa. Menos sanción más educación.

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jul 18 2009

Compras de material de la DGT

Publicado por Nolovendas en DGT

Suministro e instalación de un sistema automático de notificación de sanciones en tiempo presente a vehículos de matrícula extranjera en la Ap-7, p.k. 356+720, Castellón

  • Empresa adjudicataria provisional 1: INDRA SISTEMAS S.A.
  • Importe adjudicación provisional: 38.508,10 euros, iva no incluido.

Suministro e instalación de un sistema gestor de infracciones por exceso de velocidad vía satélite en la A-6, p.k. 270+567, provincia de Zamora

  • Empresa adjudicataria provisional 1: EYP SCAP S.A.
  • Importe adjudicación provisional: 50.557,00 euros, iva no incluido.

Suministro e instalación de un sistema gestor de infracciones por exceso de velocidad vía satélite en la AP-7, p.k. 758+000, provincia de Murcia

  • Empresa adjudicataria provisional 1: INDRA SISTEMAS S.A.
  • Importe adjudicación provisional: 49.651,80 euros, iva no incluido.

Suministro e instalación de un sistema automático de notificación de sanciones en tiempo real a vehículos de matrícula extranjera en la A-31, p.k. 171+800, provincia de Alicante

  • Empresa adjudicataria provisional 1: INDRA SISTEMAS S.A.
  • Importe adjudicación provisional: 38.496,33 euros, iva no incluido

Suministro de 90 señales de detención para su instalación en vehículos camuflados de la ATGC, para su adaptación al Reglamento General de Circulación

  • Empresa adjudicataria provisional 1: TECNOLOGÍA Y DISEÑOS ELECTRÓNICOS S.A.
  • Importe adjudicación provisional: 30.016,16 euros, iva no incluido.

Suministro e instalación de componentes para la comunicación vía GPRS del rádar existente en el túnel de San Juán (A-70) , en Alicante, con el CGT de Valencia

  • Empresa adjudicataria provisional 1: INDRA SISTEMAS S.A.
  • Importe adjudicación provisional: 39.109,94 euros, iva no incluido.

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jul 16 2009

Cursos para profesores y directores de autoescuelas

Publicado por Nolovendas en DGT

En el siguiente de la DGT podeis acceder a los cursos para profesores y directores de autoescuelas

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jul 15 2009

Los etilómetros portátiles que utilizan los agentes son ilegales

Publicado por Nolovendas en DGT

Muy interesante lo que dice Juan Manuel González-Carbajal, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Oviedo y presidente de la Asociación de Investigación de Accidentes de Tráfico en Asturias. Con el que estoy en total acuerdo.

“Cuando se produce un accidente de tráfico todo el mundo busca responsables, no causas”.

Lo que piensa de la Administración

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may 25 2009

Pagar multas por internet

Publicado por Nolovendas en DGT

El pago de multas ya puede realizarse a través de internet

Este es el segundo paso en la aplicación del plan de medidas para acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, tras la notificación de denuncias por e-mail

Tráfico ha puesto en marcha la posibilidad del pago de sanciones a través de internet. El sistema permite el pago con tarjeta de crédito a través de la página web de la D.G.T.

Puede beneficiarse del descuento del 30 % del importe de la multa si realiza el pago en el plazo de 30 días naturales, a contar desde que el Agente formule la denuncia o, en su defecto, desde que el instructor notifique correctamente la sanción a imponer.
Dicho pago, salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o de la licencia de conducir, implicará la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa y la renuncia a formular alegaciones, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.

Pago de multas (sin certificado digital ni DNI electrónico)

Pago de multas (con certificado digital o con DNI electrónico)

Solicitud duplicado de recibo de pago

Notificaciones de multas por Internet y movil

La DGT le ofrece la posibilidad de recibir las notificaciones de las sanciones a través de su correo electrónico, suscribiéndose al sistema de Notificaciones Telemáticas Seguras que ofrece el Ministerio de Administraciones Públicas. Si al darse de alta en el servicio indica, además, su número de móvil, también se le enviará un SMS, informándole de que se le ha enviado la notificación telemática a su correo electrónico.
Para darse de alta en las notificaciones telemáticas debe disponer de DNI electrónico o de certificado digital reconocido.

Notificacion denuncia

Alegar o recurrir multa

Resolucion de la multa y recursos

Suspension del carne

Si la sanción consiste en la suspensión de su autorización administrativa para conducir (permiso o licencia), deberá entregarla, en el plazo indicado en la notificación recibida, o en la Unidad de Sanciones de la Jefatura de Tráfico instructora del expediente, o bien en la de su domicilio.

Si la sancion consiste en el deposito del vehiculo

Si la sanción consiste en el depósito del vehículo, el lugar donde se inmovilice aquél será decidido por el Jefe Provincial de Tráfico, pudiendo ser en depósitos municipales, aparcamientos privados o el lugar que designe el titular del vehículo, supuesto en que, además, se precintará o inmovilizará por cualquier otro medio que impida su circulación.

Los gastos del depósito serán de cuenta de la persona a cuyo nombre figure el vehículo en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico

Esta facilidad para el ciudadano se suma a la medida, ya en marcha desde el pasado febrero, de poder recibir las notificaciones de denuncias también a través de correo electrónico o mensaje sms en el móvil. Lo que supone un segundo paso en la aplicación del plan de medidas para adaptación de la tramitación de las sanciones a la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

PAGO ON-LINE EN LA WEB

Este sistema ha estado funcionando en pruebas desde el pasado 5 de mayo y ya ha sido utilizado en estos días para el pago de más de 2.000 multas. Está en proceso la inclusión de esta información en todos los boletines de notificación de denuncias.

El sistema requerirá al usuario que introduzca los siguientes datos: NIF, NIE, o CIF, nombre y apellidos, número de expediente y cuantía de la sanción. Además será necesario aportar el número de una tarjeta para el pago y el sistema emite el justificante de pago.

Pago de multas en Internet

Puede pagar la multa que se encuentre en período voluntario en Internet, con tarjeta de crédito o débito.

Pago de multas (sin certificado digital ni DNI electrónico)

Puede pagar una multa sin necesidad de disponer de certificado digital o de DNI electrónico. El pago se realiza con cualquier tarjeta de crédito o de débito.

Pago de multas (con certificado digital o con DNI electrónico)
Puede pagar una multa utilizando un certificado digital legalmente reconocido por la
Administración, o también hacerlo con su DNI electrónico. El pago se realiza con cualquier tarjeta de crédito o de débito.

Información sobre otros sitios en donde puede pagar multas

  • En las sucursales del Banco Santander
  • En las oficinas de Correos
  • En las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico

Al efectuar el pago se debe indicar siempre el número de expediente que figura en la denuncia que haya entregado el Agente o en la notificación que se hubiera recibido.

Pago anticipado con descuento del 30%

Puede beneficiarse del descuento del 30 % del importe de la multa si realiza el pago en el plazo de 30 días naturales, a contar desde que el Agente formule la denuncia o, en su defecto, desde que el instructor notifique correctamente la sanción a imponer.

Dicho pago, salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o de la licencia de conducir, implicará la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa y la renuncia a formular alegaciones, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.

La opción de pago con certificado digital (o DNI electrónico) es más avanzada, permitiendo al usuario el pago de más de una sanción pendiente.
El sistema recoge los datos de la persona física o jurídica que efectúa el pago, a los únicos efectos de constancia en el registro telemático de la D.G.T.

El pago de las denuncias también puede realizarse, como hasta ahora, en cualquiera de las sucursales del Banco Santander y en las oficinas de Correos, en las que ahora, en lugar de enviarse un giro postal se paga directamente. Así el empleado de Correos, con el número de expediente que consta en el boletín de denuncia o en las notificaciones posteriores, puede llevar a cabo el pago directamente y de forma automática como si se hubiera realizado en la Jefatura de Tráfico. Por este método se ha realizado el pago de 11.000 multas.

LAS NOTIFICACIONES POR E-MAIL Y SMS

Desde el pasado mes de febrero todos los ciudadanos y empresas que lo deseen pueden recibir directamente en su correo electrónico las notificaciones de denuncia por infracciones a las normas de circulación.

A través de este sistema se han notificado en este tiempo 10.500 denuncias.
Este nuevo medio de notificación directa, de suscripción voluntaria y gratuita tanto para las personas físicas como para las jurídicas, supone un avance en la tramitación de los expedientes sancionadores, cumpliendo así los requisitos de la Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Los interesados en darse de alta en este nuevo servicio que ofrece la DGT,
deberán hacerlo a través de la web del Ministerio de Administraciones Públicas- Notificación Telemáticas Seguras-, donde se les indican los pasos a seguir, el más importante, la creación de una Dirección Electrónica Única, que será el domicilio virtual único donde reciba las notificaciones administrativas, correspondientes a aquellos procedimientos a los que voluntariamente decida suscribirse.

Una vez que el interesado se haya suscrito a las notificaciones telemáticas
dejará de recibir las notificaciones de la forma tradicional- comenzará a recibirlas en su correo electrónico, además si ha pedido el servicio puede recibir un mensaje a modo de aviso en su móvil.

VENTAJAS DE LA NOTIFICACIÓN TELEMÁTICA

La notificación tradicional por correo tiene diferentes inconvenientes que hacen difícil que el titular de un vehículo conozca la existencia de una denuncia, tales como un cambio de domicilio no notificado a Tráfico o la ausencia del domicilio en el momento en que el cartero se presenta para entregar la notificación, entre otros.

La tramitación de una sanción, aunque se dilate en el tiempo, por desconocimiento o por dejación en la recogida en correos de las notificaciones certificadas, no queda impune. El expediente se sigue tramitando, en algunas ocasiones sin que el titular del vehículo tenga conocimiento de ello hasta que se embarga su cuenta.

Cuanto antes el ciudadano conozca la existencia de una denuncia, antes podrá ejercer sus derechos ante la Administración y beneficiarse de las ventajas que se le ofrecen.

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may 20 2009

Nuevo Reglamento General de Conductores

Publicado por Nolovendas en DGT

Aprobado el Nuevo Reglamento General de Conductores

Se simplifican y amplían los plazos de vigencia y renovación de los permisos para adaptarse a la Directiva Comunitaria.

Se introduce un nuevo permiso de conducción para motocicletas, el A2, que autoriza a conducir motos de potencia media.

La licencia de ciclomotor pasa a denominarse Permiso de Conducir AM y se amplía a 15 años la edad mínima para obtenerla.

      El día 8 de mayo de 2009 Consejo de Ministros ha aprobado el Nuevo reglamento General de Conductores que sustituye al RD 772/1997 de 30 de mayo para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Comunidades Europeas de 9 de septiembre de 2004 y adoptarlo a la modificación introducida por la Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos.

      Entre las novedades más importantes, destacan las relativas a los permisos de conducción con el fin de adaptarse a la normativa de la Unión Europa. Por este motivo, se crea un nuevo permiso de conducción de moto, el A2, que autoriza a conducir motocicletas de potencia media (hasta 35Kw -47 caballos) de 500 cc.

      Este permiso se podrá obtener de manera directa siempre que el aspirante tenga 18 años cumplidos y supere todas las pruebas de control de conocimientos y aptitudes correspondientes, o de manera progresiva, siempre que el aspirante sea titular de permiso de la Clase A1 con, al menos, 2 años de antigüedad y supere una prueba de control de aptitudes y comportamientos.

      Otra de las novedades, pero en este caso relacionada con el ciclomotor, es que se eleva la Licencia de ciclomotor a la categoría de Permiso de Conducir AM. Además, se establece en 15 años la edad mínima para obtener este nuevo permiso, a partir del 1 de septiembre de 2010, debido a la moratoria que se estableció en su momento.

      Los conductores de ciclomotor no están autorizados a transportar pasajeros hasta que el titular hay cumplido los 18 años, a excepción de los que hayan obtenido la licencia antes del 1 de septiembre de 2008 que si podrán transportarlos.

      El periodo de vigencia de los carnés también cambia, simplificándose y ampliando los plazos a los previstos en la Directiva. De esta forma, los permisos AM, A1, A2, A, B y Licencias de Conducción se tendrán que renovar cada 10 años hasta los 65 años de edad y a partir de esa edad, la renovación se realizará cada 5 años.

      Para los permisos profesionales (BTP, C1, C, D…) se renovará cada cinco años mientras su titular no cumple 65 y cada tres años, a partir de esa edad.
      El nuevo Reglamento entrará en vigor a los seis meses de la publicación en el boletín Oficial del Estado.

      Tabla de permisos de conduccion

      Tabla de permisos de conduccion

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      mar 31 2009

      Sistemas de transmision de imagenes para los helicopteros de la DGT

      Publicado por Nolovendas en DGT

      La dgt está en proceso de adquirir 3 sistemas de transmisión de imágenes para los helicópteros de la Dirección General de Tráfico y prestación del servicio de transporte de imagen hasta los centros de gestión de tráfico de Madrid, Sevilla y Valencia.
      Coste estimado IVA excluido: 1.760.000 EUR.

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      feb 27 2009

      Carnes regalados a inmigrantes

      Publicado por Nolovendas en DGT

      Tráfico homologa el carné de conducir a decenas de inmigrantes en la comarca De Cartagena.

      Decenas de inmigrantes que conducían por las calles y carreteras de la comarca de Cartagena sin el carné de conducir de sus países de origen homologado según la normativa española circulan ya con el permiso en regla.

      Durante el año 2008, la Jefatura Provincial de Tráfico ha hecho «un gran esfuerzo» dicen, para aplicar el acuerdo de canje de carnés entre España y diversos países, fundamentalmente Ecuador y Marruecos, según destacó ayer en Cartagena el responsable regional de Tráfico, Francisco Jiménez.

      Tenemos unos exámenes de prácticas estúpidos, en el que no se enseña a conducir. Por circular un momento por un recorrido ya repasado con la acutoescuela y aparcar el coche, consideran que ya sabes conducir!!

      Y lo de las autoescuelas más de lo mismo. Practicas con el coche recorridos que pueden salir en el examen. Te enseñan simplemente a aprobar el examen práctico. Pero eso si, buena ostia te meten al bolsillo.

      Tráfico tendría que preocuparse de que los que circulamos por las carreteras sepamos conducir, dominar el vehículo para entre otras cosas no provocar accidentes y muertes.

      Pero lo que puede ser, es que no les interese que sepamos conducir.
      ¿Qué harían tantos funcionarios si todo en las carreteras fuera de maravilla?
      Los problemas dan de comer a muuucha gente. Y ahora a más, que conducen gentes donde no se sabe como se sacan el carné. Aunque, mucho peor que aquí, no creo. Bueno, pensemos que el estado, o sea todos, recaudaremos más gracias a los inmigrantes y a nuestros amigos los radares, que tendrán un poco más de trabajo.

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      feb 24 2009

      Multas de trafico en email y sms

      Publicado por Nolovendas en DGT


      Los ciudadanos podrán recibir las notificaciones de Tráfico en su correo electrónico y  por sms en su teléfono móvil.

      La suscripción es voluntaria tanto para personas como para empresas

      Desde el 4 de febrero de 2009 todos los ciudadanos y empresas que lo

      deseen podrán recibir directamente en su correo electrónico las notificaciones de

      denuncia y podrá comenzar, si así lo estima conveniente, el proceso de alegaciones.

      La Dirección General de Tráfico se suma a la plataforma de Notificaciones Telemáticas

      Seguras, en lo que a procedimiento sancionador se refiere, impulsada por el Ministerio

      de Administraciones Públicas, con el objetivo de modernizar, agilizar y favorecer al

      ciudadano la recepción de sus notificaciones y así poder ejercer los derechos que le

      corresponde por Ley.

      Este nuevo medio de notificación directa, de suscripción voluntaria y gratuita tanto

      para las personas físicas como para las jurídicas, supone un avance en la tramitación

      de los expedientes sancionadores, cumpliendo así los requisitos de la Ley 11/2007 de

      acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Además, este nuevo

      medio de notificación es un anticipo a las previsiones de la futura reforma del

      Procedimiento Sancionador de Tráfico, que actualmente se está tramitando en el

      Congreso y que supondrá entre otras, la presentación de alegaciones y recursos a

      través del registro telemático de la DGT o el acceso al expediente sancionador desde

      Internet.

      Por ahora, los ciudadanos y empresas que lo deseen solamente podrán acceder al

      requerimiento de identificación del conductor y a la notificación de denuncia, en lo que

      a procedimiento sancionador se refiere, servicios que se irán ampliando según

      avancen los desarrollos informáticos previstos en el procedimiento sancionador.

      Los interesados en darse de alta en este nuevo servicio que ofrece la DGT, deberán

      hacerlo a través de la web del Ministerio de Administraciones Públicas- Notificación

      Telemáticas Seguras-, donde se les indican los pasos a seguir, el más importante, la

      creación de una Dirección Electrónica Única, que será el domicilio virtual único donde

      reciba las notificaciones administrativas, correspondientes a aquellos procedimientos a

      los que voluntariamente decida suscribirse.

      Una vez que el interesado se haya suscrito a las notificaciones telemáticas -dejará de

      recibir las notificaciones de la forma tradicional- comenzará a recibirlas en su correo

      electrónico.

      También se ha incluido en el formulario de alta de Notificaciones Telemáticas Seguras,

      que el ciudadano pueda incluir su número de teléfono móvil -voluntario- de forma que,

      cuando reciba una notificación en su correo electrónico, además, recibirá un mensaje

      a modo de aviso en su móvil.

      VENTAJAS DE LA NOTIFICACIÓN TELEMÁTICA

      La notificación tradicional por correo tiene diferentes inconvenientes que hacen difícil

      que el titular de un vehículo conozca la existencia de una denuncia, tales como un

      cambio de domicilio no notificado a Tráfico o la ausencia del domicilio en el momento

      en que el cartero se presenta para entregar la notificación, entre otros.

      La tramitación de una sanción, aunque se dilate en el tiempo, por desconocimiento o

      por dejación en la recogida en correos de las notificaciones certificadas, no queda

      impune. El expediente se sigue tramitando, en algunas ocasiones sin que el titular del

      vehículo tenga conocimiento de ello hasta que se embarga su cuenta.

      Cuanto antes el ciudadano conozca la existencia de una denuncia, antes podrá ejercer

      sus derechos ante la Administración y beneficiarse de las ventajas que se le ofrecen.

      Se agiliza de forma considerable la tramitación de los procedimientos, al reducirse el

      tiempo de práctica de la notificación y evitar los procesos de notificación mediante

      edictos en los boletines oficiales de las comunidades autónomas.

      PASOS A SEGUIR

      Para poder recibir la notificación telemática, antes debe de darse de alta en este

      procedimiento. Para ello, debe de entrar en

      http://www.dgt.es/portal/es/oficina_virtual/multas/notif_por_internet_movil/ o en

      http://notificaciones.administracion.es/PortalCiudadano/paginas/comunes/inicio.aspx

      y seguir los siguientes pasos:

      Crear la Dirección Electrónica Única que será el domicilio virtual desde donde se

      podrá dar de alta en los procedimientos que desee suscribirse. Para poder tener dicha

      Dirección Electrónica Única (DEU) es necesario tener un certificado digital reconocido

      o el DNI electrónico.

      Una vez que se tenga la DUE, el usuario podrá seleccionar los diferentes

      procedimientos que quiere recibir mediante este tipo de notificación, en este caso, la

      comunicación de denuncias y la de identificación del conductor.

      Posteriormente, el usuario recibirá un aviso de disponibilidad de nuevas notificaciones

      y a partir de ese momento, el ciudadano podrá ver las nuevas notificaciones en el

      buzón asociado a su Dirección Electrónica Única.

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      ene 08 2009

      Siniestros en 2008

      Publicado por Nolovendas en DGT

      • Desciende en 560 el número de fallecidos por accidentes durante 2008
      • En un año, el número de fallecidos se ha reducido un 20,4%, el mayor descenso de la historia.
      • La cifra de fallecidos en moto ha bajado un 27,7%
      • La accidentalidad en carretera desciende por quinto año consecutivo.
      • Entre 2003 y 2008 la cifra de fallecidos se ha reducido un 46 por ciento.
      • El número de fallecidos por millón de vehículos ha pasado de 160 en 2003 a 70 en 2008.
      • En 2008 han fallecido 2.181 personas, una cifra inferior a la de 1965, cuando el parque de vehículos era quince veces menor
      Grafico muertes en carretera del año 2000 al año 2008

      Grafico muertes en carretera del año 2000 al año 2008

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      dic 26 2008

      Adquisiciones de la DGT

      Publicado por Nolovendas en DGT

      Estas son algunas de las próximas adquisiciones de la DGT:

      - Suministro de carburantes para los vehículos que componen la flota de la Agrupación de Tráfico durante 2009.

      Gasolinas y gas-oil para automoción tipo A.

      Coste estimado IVA excluido:  15 599 137,93 EUR.

      - Suministro de 58 lectores de matrícula para la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.

      Coste estimado IVA excluido:  900 000 EUR.

      - Suministro e instalación de dos sistemas de captación de imágenes para las patrullas de helicópteros de la DGT de Madrid y Valladolid

      Importe adjudicación provisional: 1.825.000,00 euros.

      - Edición y distribución de la revista “Tráfico y Seguridad Vial” 6 números de 350.000 ejemplares cada uno, durante 2009.

      Importe: 1.268.965,52 Euros sin incluir el IVA.

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      dic 11 2008

      Niño sin cinturon multa de 150€ y 3 puntos

      Publicado por Nolovendas en DGT

      El conductor, padre o tutor, que transporta un niño es responsable de que use el sistema de retención adecuado a su edad, por lo que si no lo utiliza serás sancionado con una multa de 150€ y la pérdida de 3 puntos del carné.

      Y para que nos quede bien clarito, la DGT presenta una nueva campaña que como siempre criminaliza al conductor (con el fin de que aceptemos las multas sin rechistar) utilizando el maltrato que desafortunadamente está tan de moda.

      El nuevo anuncio, que será emitido en la tele y en la radio, incide en que los padres son los responsables de que los menores hagan un correcto uso de los sistemas de retención adecuados cuando viajan en un vehículo.
      “Para hacer daño a un niño, no hace falta ponerle la mano encima, basta con no ponerle el cinturón” con esta frase tan perversa es como termina el spot.

      Aveces parece que la DGT se comporta como una secta.

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      nov 15 2008

      Multas trafico formuladas por año

      Publicado por Nolovendas en DGT

      DENUNCIAS FORMULADAS POR AÑO Y COMUNIDADES AUTONOMAS Leer mas … »

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      nov 08 2008

      Multa por no tener seguro de coche

      Publicado por Nolovendas en DGT

      SANCIONES POR NO TENER EL SEGURO DEL VEHICULO

      Según la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, los titulares de vehículos deben tener Leer mas … »

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      oct 11 2008

      Se eleva de 16 a 18 la edad para poder transportar pasajeros en ciclomotor

      Publicado por Nolovendas en DGT

      La edad mínima para obtener la licencia de ciclomotor se mantiene en 14 años.
      Circular en vía abierta al tráfico, novedad en el examen de motocicletas.

      A pesar de la moratoria aprobada por el Gobierno el pasado 29 de agosto en aplazar hasta septiembre de 2010 la edad mínima para obtener la licencia de ciclomotor, la edad para transportar pasajeros si que se modifica. A partir del 1 de septiembre, queda prohibido que los titulares de Licencia de ciclomotor transporten pasajeros si no tienen 18 años. Hasta la entrada en vigor de la reforma, la edad permitida era 16 años.

      Además de esta modificación el Reglamento General de Conductores introduce cambios significativos en las pruebas para obtener la licencia de ciclomotor. Los aspirantes deberán enfrentarse a un examen teórico que constará de 20 preguntas tipo test sobre conocimientos reglamentarios y legales en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, que antes era opcional y que ahora es requisito imprescindible para obtener la Licencia. Superada la parte teórica, los solicitantes de este tipo de licencia tienen que pasar una prueba práctica en circuito cerrado donde demuestren la destreza que tienen con el vehículo en cuestión. Zigzag entre jalones a velocidad reducida y circular sobre una franja de anchura limitada son las pruebas que tienen que superar para conseguir dicha licencia.
      Pero no solo hay cambios en las pruebas que permiten obtener la Licencia de ciclomotor, el examen para conseguir el permiso de motocicletas (A1 y A) también se ha modificado. La principal novedad reside en la parte práctica, donde los aspirantes además de demostrar su destreza en circuito cerrado, lo tienen que realizar también en vías abiertas al tráfico. Esta prueba solamente se podrá realizar una vez se haya superado la prueba de control de aptitudes y comportamientos en circuito cerrado. En la prueba para obtener el permiso de la clase A tendrá más peso el recorrido interurbano, y el aspirante deberá demostrar que puede conducir con seguridad a velocidades de hasta 80 km/h.

      Durante el mes de septiembre, los aspirantes a obtener el Permiso para conducir motocicletas no podrán realizar la prueba práctica en circuito cerrado. Los motivos, la adecuación de las pistas en las que realizar las nuevas pruebas estipuladas en la reforma del Reglamento.

      Todos estos cambios introducidos en la última reforma del Reglamento General de Conductores se enmarcan dentro del objetivo de reducir la siniestralidad de las motocicletas, a la vez que incorporar a nuestra normativa legislativa las exigencias generales de acceso a los conductores de este tipo de vehículos prevista en las Directivas comunitarias.

      llevar pasajero en ciclomotor

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      oct 09 2008

      Una multa menos

      Publicado por Nolovendas en DGT

      La DGT ya no nos multará por no llevar las lámparas de repuesto en el coche.
      Esto se debe a que los coches actuales para poder cambiar las bombillas se deben llevar al taller.
      Una buena noticia, de las pocas que nos da tráfico.

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      jun 07 2008

      1.014 conductores cazados sin carne en mayo

      Publicado por Nolovendas en DGT

      En el mes de mayo 1.014 conductores han sido detenidos por la Guardia Civil por conducir sin carné.
      El 1 de mayo entró en vigor la reforma del código penal, artículo 384. En este articulo se especifica que conducir un vehículo a motor sin haber obtenido nunca el permiso o licencia de conducción pasa a tener la consideración de delito, castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con una multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 dias, aplicandose las mismas penas al conductor que haya sido privado del permiso por pérdida total de puntos y siga conduciendo.

        De los 1.014 conductores:
        • 11 conducian sin carné por perder todos los puntos
        • 53 por tener el carné retirado cautelarmente
        • 11 por haberles retirado definitivamente
        • 939 por conducir sin haberlo obtenido nunca

      DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD TRAFICO (Código Penal art. 379 y siguientes)

          Excesos 60 km/h en zona urbana, 80 km/h en carretera o 0,6 mlgr/l aire – 1,2 gr/l sangre
          • Prisión de 3 a 6 meses o multa de seis a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir hasta cuatro años.
          Negarse a la prueba de alcoholemia
          • Prisión de 6 meses a 1 año y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
          Sin carné por perdida total de puntos o por no haberlo obtenido nunca
          • Pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio a la comunidad de 30 a 90 días

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